¿Qué significa una ALERTA AMBIENTAL en el pronóstico de Calidad del Aire?
(ESCUCHA ESTA NOTICIA) Hace ya un par de meses, rige en 17 comunas de la Región de O’Higgins el Plan de Descontaminación Atmosférica, el cual es parte del plan operacional de Gestión de Episodios, cuyo objetivo principal es proteger la salud de la población ante altas concentraciones de material particulado en el aire.
Por aquello, todos los días se emite un informe que da cuenta de la condición (calidad) del aire particulado, decretando “BUENO”, “REGULAR”, “ALERTA AMBIENTAL”, “PREEMERGENCIA” o “EMERGENCIA”.
Sin embargo, cuando ya se ha decretado “Alerta Ambiental”, existen las siguientes medidas que la comunidad debe adoptar:
- Sólo podrán funcionar los Calefactores a leña que cuenten con la certificación SEC. (quedan excluidos de la restricción los calefactores que utilicen otro tipo de combustible).
- Los Establecimientos Educacionales sólo podrán realizar actividad física en Gimnasios cerrados.
- Las actividades deportivas organizadas por IND, sólo podrán realizarse en recintos cerrados.
No se suspenden actividades del Sistema Nacional de Competencias Deportivas.
La “Alerta Ambiental” rige desde las 00.00 horas a las 24.00 horas del día mencionado. Este martes 18 de julio de 2017, la “Calidad del Aire” es Alerta Ambiental.
Las 17 comunas que conforman la zona saturada por material particulado respirable (MP 10) son Rancagua, Graneros, Doñihue, El Olivar, Coltauco, Coínco, Quinta de Tilcoco, San Vicente, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo.
Las denuncias por uso de calefactor a leña no certificado por SEC, pueden realizarse en el número telefónico +56989036974.
Para mayor información, pueden PINCHAR AQUÍ
Te cuidamos!
Hospital San Fernando, trabajamos para cuidar tu salud y de la comunidad.
Servicios y prestaciones