Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS)
- Asesorar e instruir a los funcionarios sobre la correcta utilización de los EPP (elementos de protección personal).
- Vigilar el cumplimiento tanto por parte del hospital como de los funcionarios, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
- Investigar las causas de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en el hospital.
- Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del funcionario.
- Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de riesgos profesionales.
- Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo (Mutual).
- Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los funcionarios en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena.
- Tener más de 18 años.
- Saber leer y escribir.
- Un año de antigüedad en la empresa.
- Acreditar mediante certificado de haber realizado el curso de orientación en prevención de riesgos, dictado por el Organismo Administrador del Seguro Social de la Ley N° 16.744.
COMITÉ PARITARIO 2024-2026
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