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Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)
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Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)

Ley N° 21.030 despenaliza la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en tres situaciones extremas para la vida de la mujer. Cuando la mujer se encuentre en riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida; el embrión o feto padezca una patología congénita adquirida o genética incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal; y cuando éste sea resultado de una violación, siempre que no hayan transcurrido los plazos que establece la ley.

¿Cómo acceder?
El ingreso a Hospital San Fernando dependerá del diagnóstico y causal, la vía de entrada será por

  • Urgencias
  • Policlínico alto riesgo obstétrico
  • Consulta privada

Será recibida por el equipo residente quienes proporcionarán a la mujer información veraz, completa y objetiva tanto sobre las características de la prestación médica, como sobre las alternativas a la interrupción del embarazo, siendo lo más importante el ofrecimiento del acompañamiento, donde interviene el equipo multidisciplinario compuesto por profesional psicólogo y asistente social que junto con médicos, matronas y técnicos de enfermería acompañarán en todo el proceso independiente de la decisión de interrupción.  

 


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